SCJN confirma: actas de nacimiento extemporáneas sí son válidas para tramitar pasaporte mexicano
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las actas de nacimiento extemporáneas, aquellas registradas más de tres años después del nacimiento, sí son documentos válidos para obtener un pasaporte mexicano. El fallo, emitido este 28 de octubre, declaró inconstitucional el artículo 15 del Reglamento de Pasaportes, al considerarlo discriminatorio.
La Corte señaló que esta norma afectaba a personas que no pudieron ser registradas al nacer por condiciones sociales, económicas o geográficas, por lo que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) no podrá rechazar un acta extemporánea como prueba de identidad y nacionalidad. La ministra Yasmín Esquivel enfatizó que estos documentos “son plenamente válidos” y no representan ninguna irregularidad.
Con esta decisión, la SCJN protege el derecho a la identidad de miles de mexicanos y elimina una barrera que afectaba principalmente a comunidades rurales e indígenas. Desde ahora, todas las actas de nacimiento tendrán la misma validez legal, sin importar la fecha en que hayan sido registradas.







