Es oficial: ningún agresor o deudor alimentario será funcionario
Este lunes, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó la reforma constitucional conocida como “Ley 3 de 3”, con lo que agresores sexuales, deudores alimentarios o culpables de violencia de género no podrán competir por cargos de elección popular o participar en el servicio público.
Publicadas hoy en el DOF, las modificaciones entrarán en vigor a nivel federal a partir de este martes 30 de mayo.
“Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos”, señala la adición.
Además, tampoco podrán ser electos quienes sean declarados personas deudoras alimentarias morosas. “En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público”, menciona.
Se requería que al menos 17 legislaturas lo avalaran en sus respectivos congresos y se logró que 23 lo hicieran: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Estado de México, Morelos, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México.